A vece se designa a un administrador
como representante personal de la sucesión. Este
suele confiar a notarios la administración de la
herencia y el cumplimiento de todos los necesarios trámites
legales.
Será preciso obtener un otorgamiento de homologación
o un auto judicial de administración expedidos por
un tribunal testamentario.
En las sucesiones nortearmericanas, se contrata a un
abogado para que represente los intereses de nuestros clientes
(los herederos).
Los haberes serán revelados y vendidos para convertirlos
en metálico. Este dinero quedará depositado
en una cuenta generadora de intereses.
Los diferentes impuestos tendrán que ser calculados:
ello requiere una extensa correspondencia que puede llevar
mucho tiempo. Lamentablemente, no podemos apresurar esta
etapa del proceso ya que depende de las distintas oficinas
recaudadoras, que no vienen obligados por ley a dar una
respuesta inmediata.
Dependiendo del país de origen de la sucesión,
puede ser necesario publicar un aviso legal para que los
acreedores eventuales formulen reclamación.
En las sucesiones inglesas, y a tenor de la Ley de Sucesiones
de 1975 (Provisión para Familiares y Dependientes),
los "parientes dependientes" tienen concedido
un plazo de 6 meses para formular reclamación. Por
este motivo, e independientemente de otras consideraciones
jurídicas, resulta prudente no repartir la herencia
hasta que caduque este período semestral. Las sucesiones
procedentes de otros países pueden estar sometidas
a una diversidad de requisitos legales en esta etapa.
Seguro por Beneficiarios Desaparecidos tomado. Este se
suma al seguro profesional normal de que disponemos para
cubrir nuestras actividades.
Una vez cumplidos todos los trámites legales,
los bienes hereditarios podrán ser repartidos entre
todos los beneficiarios.
Duración: Aproximadamente 12 meses
o más tiempo en casos complejos o si el difunto
no estaba en el país en que residen los herederos