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Investigación
Tanto pronto como intervenimos en un
caso, iniciamos nuestras pesquisas (por las razones descritas
en la Parte 1a:
Investigaciones Testamentarias). Consultamos los registros
oficiales; recurrimos a la copiosa y variada colección
de archivos históricos mantenida en nuestra biblioteca
particular, además de hacer extenso uso de la tecnología
customizada.
Una vez hayamos hecho progresos, podremos
tomar contacto con algunos miembros de la familia, para confirmar
detalles específicos y realizar nuevas indagaciones.
Contacto con los herederos
Más tarde, conforme avance la
investigación, contactaremos con ustedes (los herederos
y beneficiarios que hemos identificado), informándoles
sobre nuestro trabajo. Necesitaremos celebrar un contrato
individual con cada heredero, en el que nos comprometemos
a facilitarles detalles referentes a su reclamación
en una sucesión.
Es costumbre general entre los geneálogos
no revelar información completa de la herencia a que
se refieren sus investigaciones hasta que todos los herederos
han sido contactados y han suscrito un contrato, lo que hacemos
para cumplir con las leyes de privacidad de los diversos países
en que trabajamos.
Una vez que el contrato ha sido firmado
y devuelto a nosotros, completaremos la documentación
en la que consta su reclamación. Solemos presentar
esta última en su nombre al abogado/notarios administradores
y al administrador.
Para ayudarnos en nuestras pesquisas
y agilizar su reclamación, podríamos solicitarles
una ampliación de datos acerca de la historia de su
familia. Esta información es recogida mediante un simple
cuestionario o en entrevista celebrada con uno de nuestros
investigadores superiores. Cuanto más exacta la información
que nos proporcionen, más pronto podremos justificar
su reclamación.
Generalmente nos encargamos de
todos los trámites necesarios para justificar y validar
su reclamación. Una vez hecho esto y si los notarios
administradores se muestran conformes con la documentación
presentada, el saldo de los fondos mantenidos en poder de
dichos notarios será repartido entre los herederos
cuando aquéllos hayan terminado de administrar la sucesión.
En esta sección:
Indice
de herederos
a continuación: Parte
3a:
- Gastos
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