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nunca tendrá que hacernos ningún pago, pero
autorizará el pago de nuestra retribución en
su nombre.
El contrato que le pedimos firmar prevé
que nuestros honorarios sean abonados como porcentaje de su
derecho hereditario. Esto significa que sólo seremos
retribuidos si su reclamación prospera y que nuestros
honorarios estarán siempre en proporción a su
participación en la sucesión - evitando así
que el valor de los mismos exceda del de tal participación.
Deudas personales
El administrador liquidará todas
las deudas de una sucesión antes de que los herederos
reciban su participación; esto, como es natural, hará
disminuir el valor de los bienes restantes. En el caso improbable
de existir más deudas que haberes, la sucesión
es declarada insolvente. En tales casos, usted no heredará
ni bienes ni deudas, por lo que no tendrá que pagarnos
ningún honorario.
Impuesto
El impuesto de sucesión es calculado
por el abogado o los notarios administradores, según
el caso, ratificado por el Recaudador de Impuestos y liquidado
antes de la distribución final.
Importe que usted percibirá
El importe total que ha de
recibir cualquier beneficiario viene determinado por cuatro
factores principales.
- La ley testamentaria del país
en que ha fallecido el difunto
- La cantidad de beneficiarios afectados
- Su grado de parentesco con el difunto
- El valor de la sucesión
tras su administración
Puesto que todos estos valores
son variables y calculados individualmente para cada caso,
sólo se puede concretar el importe a percibir por algún
heredero justo antes de procederse a la distribución.
Por este motivo, no podremos decirle cuánto habría
de recibir hasta que estén terminadas nuestras investigaciones,
recogidos los bienes hereditarios y liquidados los pasivos.
En esta sección:
Indice de herederos
a continuación: Parte
4a
- Cuánto tiempo supondrá (Escala de tiempo)
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